1.1.- Actitud: Contenido del
currículo referido a la tendencia o disposición adquirida y relativamente
duradera a evaluar de un modo determinado un objeto, persona, suceso o
situación y a actuar en consonancia con dicha evaluación.
En esta misma categoría de contenidos, el currículo
prescriptivo incluye los valores y normas, estrechamente vinculados a las
actitudes.
1.1.1.- Valor: Fundamento
esencial de las creencias y las conductas con relación al cual los sujetos se
sienten comprometidos. Es más estable que la actitud.
1.1.2.- Norma: Guía de la
actuación que constituye un vínculo para los miembros de un determinado grupo.
Los valores se concretan en normas de actuación que la
persona cumple de acuerdo con ellos. A su vez, estas normas contribuirán a
crear unas tendencias a actuar de determinada forma, o actitudes consecuentes
con tales valores.
1.2.- Adaptación curricular: Conjunto de
acciones dirigidas a adecuar el currículo a las necesidades de un alumno o
grupo determinado. Ello es posible gracias al establecimiento de un currículo
abierto y flexible en nuestro estado y a la importancia que en este currículo
se concede a principios educativos como partir del nivel de desarrollo del
alumno, favorecer la construcción de aprendizajes significativos y conferir una
dimensión personalizada al proceso de enseñanza-aprendizaje.
En virtud de las necesidades detectadas, las
adaptaciones pueden asumir medidas de muy diferente carácter, dependiendo del
tipo y grado de dificultad de los alumnos. Ello requiere distinguir entre
diversos tipos de adaptaciones curriculares: no significativas, significativas
y de acceso al currículo.
1.2.1.- Las
adaptaciones no significativas se concretan en
aquellos cambios que el profesorado introduce de manera habitual en el proceso
de enseñanza. Pretenden dar respuesta a la existencia de diferencias
individuales o dificultades de aprendizaje transitorias en el alumnado:
previsión de actividades de apoyo y desarrollo, selección de estímulos
diferenciadores, variedad en los materiales, etc.
1.2.2.- Las
adaptaciones significativas suponen una adecuación en elementos curriculares que
se consideran mínimos o nucleares (contenidos y objetivos) en las áreas,
materias o módulos. Las adaptaciones significativas en los elementos básicos
del currículo pueden serlo por inclusión (caso de los alumnos sobredotados),
modificación signicativa, temporalización fuera de ciclo y, en casos extremos,
eliminación.
1.2.3.- Las
adaptaciones de acceso al currículo conllevan la modificación o provisión de
recursos espaciales, materiales o de comunicación para facilitar que los
alumnos con necesidades educativas especiales puedan desarrollar el currículo
ordinario o adaptado. Esta modalidad de adaptación puede afectar, a su vez, a
distintos tipos de variables: físicas (supresión de barreras artquitetónicas,
cambios en las condiciones de iluminación, sonido, etc. ), materiales (p.e.
ordenador adaptado y otros equipamientos específicos) y comunicativas (sistemas
de comunicación complementarios, aumentativos o alternativos...).
1.3.- Aprender a aprender: Principio de
intervención educativa. Implica emprender una serie de medidas orientadas a que
el alumno desarrolle habilidades y estrategias que faciliten futuros aprendizajes
de una manera autónoma. Se materializa, entre otras acciones y elementos en
orientar la educación al desarrollo de capacidades relacionadas con el interés
por buscar información y tratarla de manera personal. Conlleva prestar una
consideración especial a los contenidos procedimentales (búsqueda de
información, análisis y síntesis de la misma, etc.)
1.4.- Aprendizaje mecánico: Aquel que
aparece caracterizado por notas como: incorporación arbitraria de los nuevos
conocimientos, falta de integración de los mismos en la estructura cognitiva
del sujeto que aprende, adquisición memorística sin significado (opuesto a
memorización comprensiva) que dificulta su aplicación a diferentes situaciones
y contextos.
1.5.- Aprendizaje por descubrimiento: Aquel en el
que el alumno construye sus conocimientos asumiendo una actitud protagonista,
sin la ayuda permanente del enseñante que puede, no obstante, guiar el proceso
y facilitar medios. Esta forma de entender el aprendizaje requiere un método de
búsqueda activa por parte del que aprende, que puede apoyarse en estrategias
relacionadas con el método inductivo o con el hipotético-deductivo.
1.6.- Aprendizaje significativo: Tipo de
aprendizaje caracterizado por suponer la incorporación efectiva a la estructura
mental del alumno de los nuevos contenidos, que así pasan a formar parte de su
memoria comprensiva. El aprendizaje significativo opera mediante el
establecimiento de relaciones no arbitrarias entre los conocimientos previos
del alumno y el nuevo material. Este proceso exige: que el contenido sea
potencialmente significativo, tanto desde el punto de vista lógico como
psicológico, y que el alumno esté motivado. Asegurar que los aprendizajes
escolares respondan efectivamente a estas características, se considera en la
actualidad principio de intervención educativa.
1.7.- Área curricular: Forma de
organización curricular de un campo de conocimientos caracterizada por la
generalidad, a partir de la reunión de un conjunto de disciplinas más
específicas. Este concepto se utiliza, en los programas establecidos a partir
de la LOGSE, en la Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria,
aunque en esta última etapa se aplica exclusivamente a los sectores del
currículo común, frente a los optativos que reciben la denominación de materias
(término que se aplicará siempre en el Bachillerato).
Aunque la denominación genérica sea la misma para las
Etapas señaladas, existen matices claramente diferenciadores sobre la forma de
abordar el conocimiento en cada una de ellas. Las áreas son tanto más globales
cuanto más nos situamos en la base del sistema educativo, y son más específicas
cuanto más ascendemos por los distintos peldaños del mismo. Así pues:
- Las áreas más globales las encontraremos en la Educación Infantil y
reciben la denominación de áreas de experiencia. Ejemplo de ello es el
área de Comunicación y representación que reúne Lengua y Literatura,
Matemáticas, Educación Artística, etc.).
- En la Educación Primaria son reconocidas como áreas de experiencia y
conocimiento (Matemáticas, Conocimiento del Medio, etc).
- En la Educación Secundaria Obligatoria reciben la denominación de
áreas de conocimiento (Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales,
Geografía e Historia).
1.8.- Autoevaluación: Tipo de
evaluación caracterizada conforme al agente que la lleva a efecto. En ella, un
mismo sujeto asume el papel de evaluador y evaluado (el profesor evalúa su
actuación docente, el alumno evalúa su propia actividad de aprendizaje, etc.)
Es muy importante que, de manera gradual, se estimule al alumno para que vaya
formulando opiniones sobre su propio trabajo, puesto que constituye una
variable clave en la autorregulación del aprendizaje de conceptos,
procedimientos y actitudes y por tanto, en el desarrollo de las capacidades de
aprender a aprender, aprender a ser persona y aprender a convivir.
1.9.- Ayuda pedagógica: situación en
la cual el sujeto que aprende recibe orientación y apoyo (emocional o
intelectual) de otros (docente o compañeros) para progresar tanto en el
desarrollo intelectual como socioafectivo y motriz.
1.10.- Bloque de contenido: Elemento del
Currículo Prescriptivo que consiste en una unidad coherente y organizada de
contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales sobre un tópico
determinado dentro de un área o materia. Los bloques de contenido que integran
un área o materia no deben ser entendidos como "temas" al modo
tradicional, ni como apartados independientes entre sí. Tampoco su presentación
supone orden o secuencia de enseñanza. En las tareas de desarrollo curricular
llevadas a cabo en los centros (Proyectos Curriculares y programaciones de
aula), se debe fijar su secuencia para la enseñanza y el aprendizaje, y
analizar y establecer relaciones entre los mismos, desde una perspectiva
flexible y abierta.
1.11.- Capacidad: Poder que un sujeto
tiene en un momento determinado para llevar a cabo acciones en sentido amplio
(hacer, conocer, sentir...). Los objetivos educativos presentes en el Diseño
Curricular Prescriptivo se formulan en términos de capacidades, puesto que se
considera que la educación debe orientarse más que a la adquisición de
comportamientos específicos por parte de los alumnos, hacia el desarrollo de
competencias globales, que pueden manifestarse mediante comportamientos
diversos que tienen en su base una misma capacidad básica. Las capacidades
pueden ser de distinto tipo, y una educación integral deberá por tanto trabajar
en el desarrollo de capacidades cognitivas o intelectuales, psicomotrices, de
equilibrio personal o afectivas, de interrelación y de inserción social.
1.12.- Ciclo educativo: Forma
peculiar de organización en las etapas de la Educación Infantil, Primaria y
Secundaria Obligatoria. Implica una unidad en el desarrollo del currículo en
los centros a efectos de programación, evaluación. Dicha unidad lo es también
de promoción en el caso de los tres ciclos de la Educación Primaria y en del
primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.
Encuentra su fundamentación en la Psicología Evolutiva
y pretende dar una respuesta más flexible a los progresos en capacidades y
conocimientos del alumno que la ordenación clásica en cursos.
En nuestro sistema educativo esta ordenación se
concreta de la siguiente forma:
- En la Educación Infantil, dos ciclos. El primero se extiende hasta los
tres años y el segundo de los tres a los seis años.
- En la Educación Primaria, tres ciclos. El primer ciclo comprende las
edades de seis a ocho años, el segundo ciclo las de ocho a diez años y el
tercer ciclo las de diez a doce años.
- En la Educación Secundaria Obligatoria, dos ciclos. El primer ciclo
comprende las edades de doce a catorce años y el segundo ciclo las de
catorce a dieciséis. En este segundo ciclo, la ordenación de los elementos
curriculares (objetivos, contenidos y criterios de evaluación) se concreta
en cursos: tercero y cuarto de la Etapa. Esta medida se explica por la diferencia
existente entre tercero y cuarto, el curso más complejo de la etapa en
cuanto a alternativas entre las que el alumno puede elegir (opciones entre
áreas comunes, materias optativas, etc.).
1.13.- Ciclo formativo: Estructura
organizativa propia de las enseñanzas correspondientes a la Formación
Profesional Específica, conforme a la cual se establecen Ciclos Formativos de
Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior. Ambos poseen una
organización modular y tienen una duración variable, en función de las
características propias de cada uno de ellos. Sin embargo, poseen sus propios
requisitos de acceso y su propia titulación (Título de Técnico en el caso de
Grado Medio y de Técnico Superior en los Ciclos Formativos de Grado Superior).
1.14.- Coevaluación: Tipo de evaluación
caracterizada según los agentes que la llevan a efecto. Implica una situación
evaluadora en la cual unos sujetos o grupos intercambian alternativamente su
papel de evaluadores y evaluados (profesoralumno, alumno-alumno, grupos de
alumnos entre sí, etc.).
1.15.- Concepto: Elaboración o
representación de ideas generales abstractas que se obtienen a partir de la
consideración de determinados aspectos de los objetos, hechos, símbolos,
fenómenos, etc. que poseen ciertas características comunes. Permiten, por
tanto, organizar la realidad y poder predecirla. Los conceptos constituyen un
contenido de aprendizaje, presente en el currículo prescriptivo.
En esta misma categoría, el currículo incluye otros
elementos del conocimiento, con un valor complementario muy importante y
estrechamente vinculados a los conceptos: datos, hechos y principios.
Los datos y los hechos se diferencian de los conceptos
por no tener el mismo valor estructurante en el conocimiento, y por el hecho de
que su adecuada recuperación exige fidelidad máxima respecto del original. Comisión
de coordinación pedagógica: Órgano de coordinación didáctica que se ocupa
de aspectos tales como establecer las directrices para la elaboración de los
Proyectos curriculares, coordinar la elaboración de dichos Proyectos y velar
por su cumplimiento y posterior evaluación.
Su composición es la siguiente:
- En los Institutos de Secundaria: Director (que será su presidente), el
Jefe de estudios y, en su caso, los Jefes de estudios adjuntos, y los
Jefes de Departamento.
- En los centros de Infantil y Primaria: Director (que será su
presidente), el Jefe de estudios, los coordinadores de ciclo y, en su
caso, el maestro orientador del centro o un miembro del equipo orientador
que corresponde al centro.
1.16.- Conflicto cognitivo: Fenómeno
psicológico de contraste producido por la incompatibilidad entre las
preconcepciones y significados previos de un alumno en relación con un hecho,
concepto, procedimiento, etc., determinado, y los nuevos significados proporcionados
en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Este conflicto inicia un proceso de
desequilibrio en la estructura cognitiva del sujeto, seguido de una nueva
reequilibración, como resultado de un conocimiento enriquecido y más acorde. De
este modo, el conflicto cognitivo se convierte en factor dinamizador
fundamental del aprendizaje.
1.17.- Conocimientos previos: Conjunto de
concepciones, representaciones y significados que los alumnos poseen en
relación con los distintos contenidos de aprendizaje que se proponen para su
asimilación y construcción. Los alumnos se valen de tales conocimientos previos
para interpretar la realidad y los nuevos contenidos, por lo que resulta
necesario identificarlos (en muchos casos serán parciales, erróneos) y
activarlos, para convertirlos en punto de partida de los nuevos aprendizajes.
(Ver partir del nivel de desarrollo del alumno).
1.18.-
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
1.19.- Contenido: Elemento del
currículo que constituye el objeto directo de aprendizaje para los alumnos, el
medio imprescindible para conseguir el desarrollo de capacidades.
Tradicionalmente ha sido utilizado con una significación restrictiva,
equivalente a concepto. Los programas establecidos a partir de la aprobación de
la LOGSE amplían este significado, por lo que distinguen y recogen tres
dimensiones en el contenido: concepto, procedimiento y actitud.
Esta diferenciación está basada en la idea de que todo
aquello que un sujeto puede aprender, puede ser enseñado. Si planificar
contribuye a mejorar el proceso de enseñanza y aprendizaje, la inserción en los
programas de procedimientos y actitudes contribuirá a aumentar las
posibilidades de su tratamiento y ejercicio sistemático. Así pues, la
distinción que muestran los programas con referencia a esta triple dimensión se
propone enriquecer el trabajo educativo. (Ver conceptos, procedimientos y
actitudes).
1.20.- Currículo: Compendio
sistematizado de los aspectos referidos a la planificación y el desarrollo del
proceso de enseñanza-aprendizaje. Se considera equivalente a términos como plan
o programa (aunque con un fuerte componente técnicopedagógico). Los elementos
del currículo de acuerdo con la LOGSE son los objetivos, contenidos, principios
metodológicos y criterios de evaluación.
El vocablo currículo puede ser utilizado para
referirse a distintos niveles (más abstractos o más concretos) de elaboración
de planes educativos. Así se habla de Currículo Presriptivo u oficial (el más
abstracto y general), de Proyecto Curricular y de Programaciones curriculares.
1.21.- Criterio de evaluación: Enunciado
que expresa el tipo y grado de aprendizaje que se espera que hayan alcanzado
los alumnos en un momento determinado, respecto de algún aspecto concreto de
las capacidades indicadas en los objetivos generales. El Currículo Prescriptivo
fija el conjunto de criterios de evaluación correspondientes a cada área para
cada etapa educativa, bajo la forma de un enunciado y una breve explicación del
mismo. Posteriormente los centros, en sus respectivos Proyectos Curriculares, y
los profesores en sus programaciones de aula, deberán adaptar, secuenciar y
desarrollar tales criterios.
1.22.- Criterio de promoción: Definición
del acuerdo asumido por el equipo docente de una etapa, en su Proyecto
Curricular, en relación con las adquisiciones mínimas que deberán condicionar
el acceso de los alumnos de una etapa, ciclo o grado al siguiente. No deben
confundirse con los criterios de evaluación, ni debería adoptarse el mero
criterio de superación de un número determinado de áreas como criterio de
promoción.
1.23.- Currículo Prescriptivo: Conjunto de
disposiciones de la administración que establecen los programas oficiales de
carácter obligatorio. La forma de ordenación territorial y administrativa de
nuestro Estado determina la existencia de un Real Decreto para cada Etapa
educativa en el que se establece los aspectos básicos del currículo (caso de la
Educación Infantil) y las enseñanzas mínimas (caso de Infantil, Primaria,
Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato). A partir de esta normativa,
el Ministerio de Educación y Ciencia, para el territorio que depende
administrativamente de él, y las Comunidades Autónomas en pleno ejercicio de
sus competencias, para el suyo, han aprobado sus Decretos de Currículo, que
presentan los aspectos normativos u oficiales para toda la Etapa que los
centros deben concretar.
1.24.- Departamento: Órgano de
coordinación didáctica propio de los Institutos de Secundaria. Los Reglamentos
actuales distinguen tres tipos de Departamento: didáctico, de orientación y de
actividades complementarias y extraescolares.
1.25.- Departamento didáctico: Órgano de
coordinación didáctica propio de los Institutos de Secundaria encargado de
organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos
correspondientes. Estará compuesto por todos los profesores que impartan la
enseñanza propia de las áreas, materias o módulos asignados al departamento.
1.26.- Departamento de orientación: Órgano de
coordinación didáctica propio de los Institutos de Secundaria encargado de
elaborar las propuestas de organización de la orientación educativa y el Plan
de acción tutorial, de coordinar el desarrollo de los procesos de orientación,
de colaborar con los profesores en la prevención y detección de los problemas
de aprendizaje y de asesorar a la Comisión de coordinación pedagógica en los
aspectos psicopedagógicos del Proyecto Curricular.
Está compuesto por profesores del Cuerpo de Enseñanza
Secundaria (correspondientes a los ámbitos socio-lingüístico y
científico-tecnológico, y al menos uno de ellos perteneciente a la especialidad
de Psicología y Pedagogía), profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de
Formación Profesional y, en su caso, maestros.
1.27.- Departamento de actividades extraescolares y
complementarias: Órgano de coordinación didáctica propio de los
Institutos de Secundaria encargado de impulsar, planificar y organizar las
actuaciones educativas a las que su propia denominación alude. Es responsable
de la elaboración del plan anual donde se recojan las propuestas que en este
sentido se hagan por parte de los Departamentos, de los profesores, de los
alumnos y de los padres; y de la coordinación y organización: de las
actividades culturales y deportivas, de los viajes de estudio, intercambios
escolares, etc. y de la utilización de la biblioteca del centro.
Este Departamento está integrado por el Jefe del
mismo, y para cada actividad o iniciativa particular, por los profesores y
alumnos responsables de la misma.
1.28.- Desarrollo curricular: Puesta en
práctica del Diseño Curricular Prescripivo, aplicación que necesariamente
incorpora las adecuaciones y aportaciones precisas para su contextualización en
una realidad social y escolar determinadas. Esta tarea de contextualización,
propia del desarrollo curricular, se materializa, en primer lugar, en el
Proyecto Curricular, y en un segundo momento en las Programaciones de aula.
1.29.- Diseño Curricular Base: Conjunto de
publicaciones (para las Etapas de Infantil, Primaria y Secundaria) que el
Ministerio de Educación y Ciencia envió a los Centros para difundir la
filosofía y principios de la Reforma Educativa y los elementos básicos del
currículo de cada Etapa. A partir de estas publicaciones y del debate promovido
por la Administración educativa se configuró el Currículo Prescriptivo u
oficial.
En la actualidad, una vez aprobados los programas
definitivos, los Diseños Curriculares Base sólo deben ser consultados para
tomar información relativa a la filosofía y principios de la Reforma o a los
planteamientos metodológicos de las áreas, nunca para tomar elementos del
currículo de las mismas, pues estos elementos podrían haber sido objeto de
modificación en los Decretos de Currículo que, a estos efectos, constituyen la
fuente de información apropiada.
1.30.- Diversidad (atención a la): Principio
educativo que se refiere a la preocupación global y a las acciones específicas
que pretenden dar respuesta adaptada a las diferentes capacidades, necesidades,
estilos cognitivos e intereses que muestran los alumnos.
La respuesta a la diversidad puede darse a través de
medidas de diferente naturaleza y generalidad. Los propios proyectos
curriculares de los centros con su secuenciación curricular característica
conllevan una respuesta a la diversidad. Otras respuestas son las actividades
de apoyo y desarrollo en la programación de aula, la optatividad, la acción
tutorial y orientadora, las adaptaciones curriculares, las diversificaciones
curriculares, etc.
El principio de atención a la diversidad debe ser
compatible con el de comprensividad.
1.31.- Diversificación curricular: Vía
extraordinaria de atención a la diversidad en el marco de la Educación
Secundaria Obligatoria, que permite que determinados alumnos mayores de
dieciséis años, y tras la evaluación psicopedagógica correspondiente, puedan en
el segundo ciclo seguir un currículo adaptado, con supresión de objetivos, contenidos
y áreas del currículo básico establecido con carácter general. Los programas de
diversificación curricular tienen por objeto la adquisición de las capacidades
generales propias de la etapa por vías alternativas (metodológicas, de
organización curricular, etc.), de modo que los alumnos que por sus necesidades
educativas específicas se incorporen a ellos, puedan obtener el título de
Graduado en Educación Secundaria. Los programas incluyen al menos tres áreas
del currículo básico, y elementos propios de los ámbitos lingüístico y social,
y científico-tecnológico.
1.32.- Educación compensatoria: Conjunto de
acciones sociales, administrativas y/o de enseñanza cuyo propósito es
contribuir al desarrollo del principio de igualdad de oportunidades en educación.
Para favorecer el desarrollo de dicho objetivo se admite como medio conceder
una serie de medidas (recursos materiales, profesorado de apoyo, atención
orientadora, etc.) diferentes en el plano cualitativo y/o cuantitativo a
aquellos centros y/o alumnos más necesitados.
1.33.- Educación comprensiva: Forma de
entender el proceso de enseñanza-aprendizaje cuyo propósito es ofrecer a todos
los alumnos de una determinada edad un fuerte núcleo de contenidos comunes
intentando evitar, de esta forma, la separación o segregación tempranas de los
alumnos en vías de formación diferenciadas que puedan ser irreversibles más
adelante.
El principio de educación comprensiva es compatible
con el de atención a la diversidad por medio de una diferenciación en el
currículo. La aparente dicotomía se resuelve al entender que, en educación,
determinados cambios deben ser presentados de manera gradual para ser
respetuosos con el progresivo desarrollo y maduración de los alumnos. De esta
manera, la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria permite el tránsito
equilibrado entre la atención básicamente común de la Etapa de Primaria y la
diferenciación característica del Bachillerato y la Formación Profesional
Específica de Grado Medio. La misma etapa de ESO muestra un mayor grado de
comprensividad en el primer ciclo que en el segundo ciclo. En este último ciclo
de la ESO la atención a la diversidad se acentúa en el cuarto y último curso de
la Etapa.
1.34.- Equipo de ciclo: Órgano de
coordinación didáctica propio de las Etapas de Educación Infantil y Primaria.
Agrupa a todos los maestros que impartan la docencia en él. Se encarga de
organizar y desarrollar, bajo la supervisión del Jefe de estudios, las
enseñanzas propias del ciclo. Ello implica formular propuestas relativas a la elaboración
del Proyecto educativo, a la Programación General anual y a los Proyectos
curriculares, mantener actualizada la metodología didáctica y organizar y
realizar las actividades complementarias y extraescolares.
1.35.- Estrategias
didácticas expositivas: Formas de planificar, organizar y desarrollar
acciones propias del proceso de enseñanza-aprendizaje basadas en el hecho de
que un sujeto que enseña (profesor o un determinado alumno) presenta un
conocimiento ya elaborado que los demás pueden asimilar. No deben ser
equiparadas a la idea de clase magistral convencional. Estas estrategias pueden
promover la construcción de aprendizajes significativos siempre que:
- Partan del nivel de desarrollo del alumno (conocimientos y
competencias cognitivas).
- Cuenten con el interés del alumno.
- Presenten con claridad los nuevos contenidos.
El empleo de las estrategias didácticas expositivas
será de gran valor en planteamientos introductorios (al establecer las
coordenadas generales de un tema, subrayar sus partes destacadas, etc.) y, con
posterioridad en situaciones que requieran, clarificar, reforzar, enriquecer la
comprensión (síntesis, recapitulaciones periódicas).
1.36.- Estrategias didácticas de indagación: Formas de
planificar, organizar y desarrollar acciones propias del proceso de
enseñanza-aprendizaje basadas en la actividad del alumno que sigue pautas más o
menos precisas del profesor y debe aplicar técnicas más concretas tales como
investigaciones simplificadas, debates, visitas, estudio de casos, etc.
Este tipo de estrategias comportan, a la vez, la
realización de actividades relacionadas con contenidos relativos a
procedimientos, conceptos y actitudes. Ponen al alumno en situaciones de
reflexión y acción.
1.37.- Etapa educativa: Cada uno de
los grandes tramos en los que se estructura el Sistema Educativo español en la
actualidad. Estas etapas son: Educación Infantil (hasta los seis años),
Educación Primaria (de seis a doce años), Educación Secundaria Obligatoria (de
doce a dieciséis años) y Bachillerato (de dieciséis a dieciocho años).
El concepto de Etapa conlleva una idea de unidad en la
ordenación y determinación objetivos generales, de áreas y/o materias, y de sus
correspondientes objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de
evaluación (este último aspecto común a todos a excepción de la etapa de
E.Infantil).
1.38.- Evaluación educativa: Proceso
sistemático y planificado de recogida de información relativa al proceso de
aprendizaje de los alumnos, al proceso de enseñanza, al centro educativo, etc.,
para su posterior valoración, de modo que sea posible tomar las decisiones
oportunas sobre la base de los datos recabados (reconducción, ajuste, etc.)
El modelo de evaluación adoptado en el actual marco
curricular, por tanto, supone la extensión del objeto de la evaluación (desde
los alumnos y su rendimiento, hasta la totalidad de elementos que intervienen
en los procesos de enseñanzaaprendizaje) y una clara orientación a la
regulación y la toma de decisiones para la mejora de los procesos educativos en
su conjunto.
1.39.- Evaluación (funciones/momentos)
1.39.1.- Diagnóstica/Inicial. Cuando se refiere
a los procesos y resultados de aprendizaje de los alumnos, evaluación orientada
a recabar información sobre sus capacidades de partida y sus conocimientos
previos en relación con un nuevo aprendizaje, para de este modo adecuar el
proceso de enseñanza a su posibilidades. Suele utilizarse normalmente con
finalidades pronósticas, y por lo tanto al inicio de un período de aprendizaje
(etapa, ciclo, curso, unidad didáctica, etc.).
1.39.2.- Formativa/Continua/Procesual. Cuando se
refiere a los aprendizajes de los alumnos, se orienta al ajuste y adaptación
continuos del proceso de enseñanza a los procesos de aprendizaje de los alumnos
en el momento en que estos se producen. Supone por tanto la recogida y el
análisis continuo de información, de modo que se puedan introducir las
reorientaciones y autocorrecciones precisas. En este tipo de evaluación
interesa, por tanto, verificar los errores, dificultades, ritmos de
aprendizaje, logros, etc. de los alumnos, de modo que se pueda proporcionar de
modo eficaz ayuda y refuerzo a la construcción de los aprendizajes.
1.39.3.- Sumativa/Final. Cuando se
refiere a los aprendizajes de los alumnos, se orienta a determinar el grado de
consecución que un alumno ha obtenido en relación con los objetivos fijados
para una área o etapa. Se realiza habitualmente, por tanto, al final de un
proceso de enseñanza-aprendizaje, y se vincula a las decisiones de promoción,
calificación y titulación. También cubre finalidades estrictamente pedagógicas
en la medida que permite establecer las situación de un alumno en relación con
los objetivos y contenidos necesarios para afrontar con éxito futuros
aprendizajes, constituyendo en este sentido el primer paso de un nuevo ciclo de
evaluaciones diagnósticas, formativas y sumativas.
1.40.- Evaluación (patrones de referencia):
1.40.1.- Criterial. Cuando se refiere a
los procesos y resultados de los aprendizajes de los alumnos, éstos se
interpretan y valoran comparándolos con los objetivos previamente fijados. Es
decir, nos permite saber el grado de consecución de esos objetivos para, a
partir de ahí, juzgar si el aprendizaje es suficiente o insuficiente. Además,
en la evaluación criterial personalizada, se comparan los procesos y resultados
del aprendizaje del alumno, no sólo con los objetivos previstos, sino también
con las propias capacidades del sujeto (aptitudes, actitudes, conocimientos
previos, etc.), de manera que se puede valorar así, si éstos son satisfactorios
o insatisfactorios (evaluación conforme a autorreferencias).
1.40.2.- Normativa. Cuando se refiere a
los procesos y resultados de los aprendizajes de los alumnos, éstos se valoran
e interpretan comparando el rendimiento de cada alumno con el logrado por los
demás miembros del grupo-clase (normalmente con la media del rendimiento del
grupo).
1.41.- Finalidades educativas: Grandes
propósitos de la educación definidos en la LOGSE. Sintetizan las aspiraciones
esenciales del proceso educativo. Constituyen el referente fundamental para
todos los documentos que se elaborarán posteriormente, tanto estrictamente
curriculares (Currículo oficial, Proyecto Curricular, Programaciones), como
educativos en un sentido más amplio (Proyecto Educativo). Ejemplo de finalidad
presentada en la Ley es: "La preparación para participar activamente en la
vida social y cultural".
1.42.- Formación Profesional de Base: Componente
formativo que, integrado en la Educación Secundaria Obligatoria y en el
Bachillerato, trata de proporcionar a todos los alumnos una educación básica de
carácter profesional, no orientada específicamente a la preparación para una
determinada profesión. Se concreta en aspectos tales como la incorporación del
área de Tecnología y de materias optativas de iniciación profesional en la
Educación Secundaria Obligatoria; o en la conformación de un Bachillerato
altamente diversificado, a través de sus modalidades y de un sistema flexible
de optativas.
1.43.- Formación Profesional Específica: Designa el
conjunto de enseñanzas que, dentro del sistema educativo, se orientan a
proporcionar los conocimimientos y competencias necesarias para la actividad en
un campo profesional determinado. La Formación Profesional específica se
estructura en Ciclos Formativos, que pueden ser de Grado Medio o Superior.
1.44.- Fuentes del currículo: Los programas
educativos han de configurarse a partir de la información proveniente de algún
ámbito de conocimiento. Hasta hace unas décadas, esa información procedía, casi
exclusivamente, de los conocimientos estructurados del propio sector
científico. Pero el saber educativo evoluciona y los programas actuales se
elaboran integrando información y aportaciones de distintas ciencias y ámbitos
del conocimiento y la realidad conocidos como fuentes del currículo. Son los
siguientes:
- Fuente epistemológica o disciplinar: conocimientos científicos que
informan cada una de las áreas y/o materias curriculares.
- Fuente psicológica: conocimientos sobre los procesos de desarrollo y
de aprendizaje de los alumnos y conocimientos sobre las peculiaridades de
las relaciones entre los miembros que participan en el proceso educativo
(alumno, alumno/profesor, etc.).
- Fuente sociológica: demandas sociales que se materializan en los
saberes culturales y sociales que el sistema educativo ha de transmitir y
que contribuyen al proceso de socialización de los alumnos.
- Fuente pedagógica: ordena y sistematiza la aportación de las
anteriores en función de la fundamentación teórica y la experiencia
adquirida en la práctica docente.
1.45.- Globalización: Enfoque
metodológico que facilita la concreción del principio de aprendizaje
significativo. Puede aplicarse en la Educación Infantil y Primaria, etapas en
las que tanto la organización del profesorado (un profesor tutor sobre el que
recae la responsabilidad de la mayor parte del trabajo de enseñanza) como la
ordenación curricular (áreas de carácter muy general entre las que existen
multitud de conexiones) cooperan de forma clara a su desarrollo.
Se fundamenta desde una integración de la perspectiva psicológica,
pedagógica, social y epistemológica que entienden que:
- En las primeras fases de la evolución psicológica y en los primeros
momentos de aproximación a nuevos conocimientos es mejor partir de
elementos de trabajo globales.
- Estos elementos de trabajo globales deben ser cercanos a la
experiencia para poseer un valor funcional que confiera a los contenidos
un significado potencial (la familia, el barrio, los trabajos, la
localidad, etc.).
- Las áreas curriculares (y los temas transversales) enriquecen con sus
contenidos el análisis y la comprensión de esas entidades globales. En los
primeros momentos (Infantil y primer ciclo de primaria) los contenidos de
las áreas pueden ser sólo una vertiente de análisis para el profesor
(valor pedagógico). De manera gradual el análisis adquiere cuerpo de
contenido y se transmite al alumno (valor didáctico).
- El progreso del alumno en la Etapa de primaria tanto en el plano de
las capacidades como en el dominio de los contenidos exigirá formas de
tratamiento globalizador parcial, que permitan un ejercicio y desarrollo
de aprendizajes instrumentales.
1.46.- Integración: Complejo conjunto de
medidas y acciones (de ordenación académica, recursos didácticos y actividades
de formación y cambio de actitudes) dirigidas a hacer posible la escolarización
y la educación (en el pleno sentido del término) de alumnos con necesidades
educativas especiales en los centros ordinarios de las diferentes etapas.
1.47.- Interdisciplinariedad: Enfoque
metodológico que facilita la concreción del principio de aprendizaje
significativo. Puede aplicarse en la Educación Secundaria.
Se fundamenta desde una integración de la perspectiva
psicológica, pedagógica, social y epistemológica que entienden que:
- La evolución psicológica del alumno en la educación Secundaria se
manifiesta en una creciente capacidad de análisis y en la posibilidad de
integrar y relacionar conceptos superando los datos concretos.
- El proceso de enseñanza debe atender a afianzar y desarrollar esa
posibilidad proporcionando situaciones educativas en las que se integre el
análisis y la síntesis.
- El progreso en el conocimiento exige la profundización y el análisis,
pero la vinculación entre sectores de conocimiento hace el contenido más
funcional y significativo.
Las formas de aplicación de este principio son muy
variadas y pueden materializarse, entre otras en:
- Construcción de conceptos clave que pueden ser comunes a diferentes
áreas y materias.
- Selección, planificación, puesta en práctica y evaluación de
contenidos procedimentales que pueden ser comunes a diferentes áreas y
materias y que permiten la puesta en práctica de estrategias que ayudarán
a los alumnos a aprender a aprender (por ejemplo, identificación y
localización de fuentes de información).
- Selección, planificación, puesta en práctica y evaluación de
contenidos actitudinales que pueden ser comunes a diferentes áreas y
materias (por ejemplo, disposición e iniciativa personal para organizar y
participar solidariamente en tareas de equipo).
1.48.- LOE:
1.49.- LOPNA:
1.50.- Ley
para la Persona con Discapacidad:
1.51.- Materia curricular: Unidad de
organización curricular que se corresponde con la estructuración, para la
enseñanza, de un ámbito disciplinar específico, del que forman parte los
conceptos, principios, procedimientos, métodos de investigación, etc., que le
son propios. Es la forma de organización curricular adoptada para el espacio de
optatividad en Educación Secundaria Obligatoria, y para la totalidad del
currículo del Bachillerato.
1.52.- Materiales curriculares: Instrumentos
y medios elaborados con una intención original y primariamente didáctica, que
se orientan a la planificación y desarrollo del currículo. Los materiales
curriculares pueden estar dirigidos al profesorado o a los alumnos, e incluyen:
propuestas para la elaboración de proyectos curriculares, propuestas relativas
a la enseñanza de determinadas materias o áreas, materiales para el desarrollo
de unidades didácticas, libros de texto, medios audiovisuales e informáticos de
carácter didáctico, etc.
1.53.- Modalidad: En la etapa de
Bachillerato, designa al conjunto de materias propias o básicas y materias
optativas afines a un ámbito del saber y relacionadas con un campo profesional
determinado. El Bachillerato se estructura en cuatro modalidades: Artes, Humanidades
y Ciencias Sociales, Ciencias de la Naturaleza y de la Salud, y Tecnología.
Dentro de ellas los alumnos pueden optar entre itinerarios diversos, a partir
de las distintas opciones que a su vez presentan las modalidades.
1.54.- Módulo profesional: Unidad
básica de organización curricular en la Formación Profesional Específica. Puede
ser considerado en este contexto como un término equivalente al de área o
materia. Los distintos tipos de módulos que integran cada ciclo formativo son:
módulos profesionales asociados a una determinada unidad de competencia,
módulos profesionales transversales, módulo de formación en centros de trabajo
y módulo de formación y orientación laboral.
1.55.- Necesidades educativas especiales: Carencias
formativas que para ser superadas necesitan de recursos menos usuales que los
que ordinariamente se proporcionan en los procesos de enseñanza-aprendizaje, y
para cuya compensación, por tanto, es necesaria la elaboración y aplicación de
adaptaciones curriculares de acceso y/o adaptaciones curriculares
significativas. Tales carencias formativas pueden ser función tanto de
condiciones personales (discapacidad o sobredotación) como de variables
asociadas a la historia familiar, social, etc., del alumno y con repercusiones
significativas sobre su aprendizaje. Las necesidades educativas especiales, en
consecuencia, deben ser entendidas en un sentido interactivo (dependen tanto de
las características personales del alumno como de las características del
entorno educativo y de la respuesta que se le ofrece) y relativo (éstas serán
diferentes en función de las características y respuesta educativa que se
ofrece en cada contexto educativo).
1.56.- Nivel de concreción curricular: De acuerdo
con el marco curricular actualmente establecido, designa cada uno de los
momentos o etapas en los que se diseña y/o desarrolla el currículo. Éste queda
articulado y definido en tres niveles de concreción, que implican fases
sucesivas y progresivamente más concretas de elaboración y aplicación: Diseño
Curricular Prescriptivo, Proyectos Curriculares y Programaciones de aula.
1.57.- Norma: Véase
"Actitudes", como contenido curricular
1.58.- Objetivos didácticos: Expresión de
los objetivos educativos que orientan los procesos de enseñanza-aprendizaje en
el nivel correspondiente a las programaciones de aula. Se expresan como
formulaciones concretas de las capacidades presentes en los objetivos
generales, de modo que permiten la selección de contenidos, actividades,
recursos, etc. de la unidades didácticas, y constituyen el referente inmediato
para la evaluación de los procesos y resultados de aprendizaje de los alumnos.
1.59.- Objetivos generales de área: Expresan la
aportación concreta que, desde una área particular, se hará al desarrollo de
las capacidades expresadas en los objetivos generales de la etapa. Como éstos,
se definen en términos de capacidades, si bien incorporan una referencia
explícita a los contenidos que integran el área. El trabajo conjunto desde las
distintas áreas, orientado por tales objetivos, hará posible el desarrollo de
las capacidades generales por parte de los alumnos.
1.60.- Objetivos generales de etapa: Expresan el
conjunto de capacidades cognitivas, psicomotrices, afectivo-sociales, etc., que
se espera hayan desarrollado los alumnos al término de una etapa educativa
determinada, como resultado de los procesos de enseñanza-aprendizaje
planificados de modo sistemático por parte de la institución educativa.
Posteriormente aparecen concretados en los objetivos generales de cada una de
las áreas.
1.61.- Partir del nivel de desarrollo del alumno: Principio de
intervención educativa que exige conocer las capacidades y los conocimientos
previos de los alumnos para así adaptar las acciones de enseñanza a las
posibilidades y procesos de aprendizaje. Su aplicación requiere acciones
diversas. Entre ellas podemos destacar las siguientes:
- Para el conocimiento de las capacidades, la familiarización con los
aspectos básicos de psicología evolutiva (características de la etapa de
desarrollo en la que se encuentran los alumnos), el estudio de los
expedientes de los alumnos, los contactos con los profesores tutores de
cursos anteriores, el intercambio de información significativa con la
familia, la observación de los comportamientos del alumno, etc.
- Para la determinación de los conocimientos previos, la aplicación de
técnicas como los cuestionarios, los diálogos, las representaciones
plásticas, los mapas cognitivos, etc.
1.62.- Plan de acción Tutorial (P.A.T.): Marco en el
que se especifican los criterios y procedimientos para la organización y
funcionamiento de las tutorías. En él se incluyen las líneas de actuación que
los tutores deberán desarrollar con el alumnado de cada grupo, con las familias
de los alumnos y con el equipo educativo correspondiente. Forma parte del
Proyecto Curricular. La aprobación corresponde al Claustro y la coordinación
está a cargo del Jefe de Estudios.
En los centros de Infantil y Primaria la Comisión de
Coordinación Pedagógica elabora la propuesta de organización de la orientación
educativa y del plan de acción tutorial. En los Institutos de Secundaria es
elaborado por el Departamento de Orientación siguiendo las directrices de la
Comisión de Coordinación Pedagógica.
1.63.- Plan de Orientación Académica y Profesional
(P.O.A.P): Marco en el que se especifican los criterios y
procedimientos dirigidos a facilitar la toma de decisiones de los alumnos respecto
a su itinerario académico y profesional. A tal efecto incluye:
- Actuaciones dirigidas a que los alumnos valoren de una forma ajustada
sus propias capacidades, motivaciones e intereses.
- Actuaciones destinadas a facilitar la información suficiente al conjunto
del alumnado sobre las distintas opciones educativas o laborales
relacionadas con cada etapa educativa, y de manera especial sobre aquellas
que se ofrezcan en su entorno.
- Actuaciones que propicien el contacto del alumnado con el mundo del
trabajo y puedan facilitar su inserción laboral.
Forma parte del Proyecto Curricular de los Institutos
de Secundaria. Es elaborado por el Departamento de orientación siguiendo las
directrices de la Comisión de Coordinación Pedagógica. Su aprobación
corresponde al Claustro.
1.64.- Personalización: Principio de
intervención educativa que exige tener en cuenta tanto las peculiaridades de
los grupos como los ritmos de aprendizaje y desarrollo de los alumnos con el
fin de adaptar los recursos didácticos a las diferentes situaciones de
enseñanza aprendizaje. Exige considerar e integrar en el proceso educativo las
dimensiones individual y social de la personalidad.
La puesta en práctica de este principio puede
materializarse en acciones diversas:
- Técnicas de evaluación y orientación psicopedagógica que permitan
conocer y apoyar a los alumnos.
- Trazado de Proyectos Curriculares que contextualicen los programas
oficiales en función de las características del medio socioeconómico,
natural, cultural y familiar en que se desenvuelven los alumnos.
- Estudio de las capacidades y conocimientos previos de los que parten
los grupos, en general, y los alumnos en particular.
- Programaciones y unidades didácticas abiertas a las diferencias de
ritmo en los aprendizajes, de interés, de estilos cognitivos etc.
- Utilización de las diferentes situaciones de aprendizaje que en el
aula se pueden desplegar y que contribuyen a garantizar la confluencia
entre sujeto y grupo: trabajo individual, trabajo en equipo, grupos
coloquiales, etc.
1.65.- Programas educativos de Garantía Social: Oferta
formativa dirigida a los alumnos de dieciséis años o más que no hayan superado
los objetivos correspondientes a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria o
que se hallen desescolarizados. Persiguen, por tanto, dar respuesta educativa a
los alumnos que no cuentan con la titulación correspondiente a la educación
básica, proporcionando una formación general y profesional que facilite su
inserción en la vida activa o la continuación futura de estudios, especialmente
en la Formación Profesional Específica de Grado Medio mediante prueba de
acceso. Los Programas se organizan en distintas modalidades (Iniciación
Profesional, Formación-Empleo, Talleres Profesionales y programas dirigidos a
colectivos específicos), y bajo la competencia de administraciones y agentes
sociales diversos: Administraciones educativas, Ayuntamientos y otras
instituciones sociales (Organizaciones no Gubernamentales, Organismos
empresariales, etc.).
1.66.-Preconcepto: Representación que
posee el alumno sobre algún aspecto de la realidad. Constituye el punto de
partida en el proceso de aprendizaje.
1.67.- Principios:
Véase"concepto", como contenido curricular
1.68.- Principios de intervención educativa: Fundamentos de
la actividad educadora que se enmarcan en una concepción constructivista del
aprendizaje y de la intervención pedagógica entendida en sentido amplio. No se
identifican, por tanto, con una teoría precisa, sino con los enfoques presentes
en diferentes referentes teóricos. Confieren unidad y coherencia a la
intervención educadora en tanto que aseguran dicha coherencia tanto a nivel
vertical (son aplicables a todos los niveles educativos) como a nivel
horizontal (referente para todas y cada una de las áreas, materias o módulos).
Se entiende que materializan estos requisitos de
coherencia vertical y horizontal principios como partir del nivel de desarrollo
del alumno, fomentar la adquisición de aprendizajes significativos e impulsar
el desarrollo de la capacidad de aprender a aprender.
1.69.- Procedimientos: Contenido del
currículo referido a una serie ordenada de acciones que se orienta al logro de
un fin o meta determinado. Se puede distinguir, en función de la naturaleza de
las acciones que implican, entre procedimientos de componente motriz y de
componente cognitivo. A su vez, los procedimientos pueden presentar distinto
grado de generalidad, en función del número de acciones implicadas en su
ejecución, de la estabilidad con la que tales acciones deban ser realizadas y
del tipo de meta al se orientan. Este tipo de contenido básicamente engloba a
las denominadas destrezas, técnicas y estrategias.
1.70.- Programación de aula: Planificación
y desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje referido a un grupo de alumnos
específico para una ciclo o curso determinado. Constituye el tercer nivel de
concreción curricular.
Las programaciones de área y materia establecen los
objetivos, contenidos, experiencias de enseñanza aprendizaje, criterios
metodológicos de selección de materiales y recursos didácticos, y criterios e
instrumentos para la evaluación. Se definen a partir del marco de referencia
establecido en el Proyecto Curricular, y mediante la contextualización de sus
orientaciones en función de las características particulares de los alumnos a
los que se dirige la intervención educativa. En las programaciones se establece
una secuencia ordenada y coherente de las unidades didácticas o unidades de
programación que serán desarrolladas a lo largo de curso o ciclo de referencia.
1.71.- Programación General Anual: Documento
que, para el período de un curso, planifica la actividad general del centro
educativo. Incluye el horario general del centro y los criterios pedagógicos
para su elaboración, el Proyecto Educativo y los Proyectos Currriculares de la
etapas o las modificaciones correspondientes de los que ya se hayan elaborado,
la programación de las actividades complementarias y extraescolares para el
curso escolar, y la memoria administrativa.
Su elaboración corresponde al Equipo Directivo, si
bien incluye documentos de planificación educativa cuya elaboración y
aprobación es compartida por otros órganos de gobierno (p.e. Consejo Escolar,
en el caso del Proyecto Educativo o Claustro en el caso de los Proyectos
curriculares).
1.72.- Proyecto curricular de etapa: Es el
documento que materializa el proceso de toma de decisiones por el cual el
profesorado de una etapa establece, a partir del análisis del contexto de su
centro, acuerdos acerca de las estrategias de intervención didáctica que va a
utilizar, con el fin de asegurar la coherencia de su práctica docente.
En el Proyecto curricular de etapa se concretan y
contextualizan las prescripciones de la Administración, teniendo en cuenta la
peculiaridades de cada centro. Supone el segundo nivel de concreción del
currículo y sus elementos básicos son: los objetivos generales de etapa, la
secuencia de objetivos y contenidos que se trabajarán en cada ciclo, las
decisiones metodológicas (principios, agrupamientos, tiempos, espacios, materiales),
las estrategias y procedimientos de evaluación y las medidas de atención a la
diversidad. El Proyecto curricular de etapa es aprobado por el Claustro de
profesores.
1.73.- Proyecto Educativo Integral Comunitario
1.74.- Proyecto curricular de centro: concepto que
designa la unión integrada y coherente del conjunto de los Proyectos
curriculares de etapa de un centro. No supone, pues, la configuración de un
documento específico a partir de los Proyectos de Etapa. Si en el centro sólo
existe una etapa, coinciden Proyecto curricular de etapa y de centro.
1.75.- Proyecto educativo de centro: es el
documento que recoge las decisiones asumidas por toda la comunidad escolar
respecto a los aspectos educativos básicos y a los principios generales
conforme a los cuales se orientará la organización y gestión del centro.
Elementos propios del Proyecto Educativo son:
- Las señas de identidad, o principios y opciones educativas básicas que
se adoptan para el desarrollo de las actuaciones promovidas en el centro
- Las finalidades en que se concretan tales principios y opciones
(objetivos del centro) y la revisión a la luz de tales finalidades, de los
objetivos generales del currículo de las etapas que se imparten en el
centro
- La definición de los mecanismos de colaboración con padres de alumnos
y con otras instituciones, así como la estructura organizativa y de
gestión del centro. La formalización de este último aspecto quedarán
concretado en el Reglamento de Régimen Interior.
La propuesta de Proyecto educativo de centro es
elaborado por el equipo directivo de acuerdo con los criterios establecidos por
el Consejo Escolar y las propuestas realizadas por el Claustro. Su aprobación y
evaluación corresponde al Consejo Escolar.
1.76.- Proyecto de Aprendizaje:
Reglamento, Decretos y Ordenanzas que apoyan la
Educación Especial:
1.77.- Reglamento de Régimen Interior (o Manual de
Convivencia): Conjunto de normas e instrucciones que regulan la
organización de los centros y concretan en cada caso las disposiciones legales
vigentes al respecto teniendo en cuenta las necesidades y estructura real de
cada institución. Son sus componentes: la composición y funcionamiento de los
distintos órganos de gobierno y gestión del centro, así como su funcionamiento
(miembros, constitución, convocatoria); los derechos y deberes de los distintos
colectivos que componen la comunidad escolar, y los recursos (uso de espacios,
salidas y excursiones, acceso al material...). El Reglamento de Régimen
Interior es una parte del Proyecto educativo.
1.78.- Recurso didáctico:
Genéricamente se puede definir como cualquier medio o ayuda que facilite los
procesos de enseñanza-aprendizaje, y por lo tanto, el acceso a la información,
la adquisición de habilidades, destrezas, y estrategias, y la formación de
actitudes y valores. Puede distinguirse entre recursos metodológicos (técnicas,
agrupamientos, uso del espacio y el tiempo, etc.), recursos ambientales (p.e.
vinculación de contenidos al entorno próximo) y recursos materiales. Estos
últimos comprenderían tanto los materiales estrictamente curriculares, como
cualquier otro medio útil no creado necesariamente para el ámbito docente (p.e.
materiales no convencionales, tomados de la vida cotidiana, construidos por el
propio alumno, etc.).
1.79.- Técnica: Modalidad de recurso
didáctico de carácter metodológico, que, próximo a la actividad, ordena la
actuación de enseñanza y aprendizaje. Concreta los principios de intervención
educativa y las estrategias expositivas y de indagación. Entre ellas podemos
distinguir técnicas para la determinación de ideas previas (cuestionarios,
mapas cognitivos, representaciones plásticas, etc.) y técnicas para la
adquisición de nuevos contenidos (exposición oral, debate y coloquio, análisis
de textos, mapas conceptuales).
1.80.- Transversal (eje o pilar): Conjunto de
contenidos referidos a sectores de conocimiento caracterizados por su alta
relevancia social (están vinculados a la fuente sociológica del currículo) y
por su relación con la educación en valores. Son los siguientes: educación
moral y cívica, educación para la salud y educación sexual, educación del
consumidor, educación para la igualdad de oportunidades de ambos sexos,
educación ambiental, educación para la paz y educación vial.
La idea de transversalidad sintetiza la forma en que
están recogidos en los programas actuales: atravesando y recorriendo el
currículo de las diferentes áreas y materias. Esta forma de abordarlos y
tratarlos se considera renovadora en tanto que los planteamientos tradicionales
parecían encomendar la responsabilidad de su tratamiento a las Ciencias
Sociales, la Religión, la Ética, etc.
1.81.- Tutor: Profesor que
actúa como órgano de coordinación didáctica encargado de participar en el
desarrollo del Plan de Acción Tutorial, de coordinar los procesos de evaluación
de los alumnos de su grupo, de encauzar las necesidades, demandas e inquietudes
de los alumnos, de informar a los padres acerca de los procesos de desarrollo y
aprendizaje de los sus hijos y de facilitar la cooperación educativa entre el
profesorado y los padres de los alumnos.
El desarrollo de las funciones propias de la acción
tutorial se considera un factor decisivo en la mejora de la calidad educativa.
1.82.- Unidad didáctica: En el tercer
nivel de desarrollo del currículo (Programación de aula), cada uno de los
elementos que ordenan, desde planteamientos de aprendizaje significativo, la
planificación a corto plazo del proceso de enseñanzaaprendizaje.
La unidad didáctica, a partir de un Proyecto Curricular
específico determina objetivos didácticos, criterios de evaluación, contenidos,
recursos y actividades de enseñanza-aprendizaje.
1.83.- Valor: Véase
"Actitudes", como contenido curricular.
FUENTE:
(3 - 10 - 2012, 10:31 AM)
http://es.scribd.com/doc/53326016/adaptacio-curricular
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